El contenido reciclado obligatorio es el porcentaje mínimo de plástico reciclado que deben incorporar los envases que se ponen en el mercado. En España ya se aplica a las botellas desde 2025, y el reglamento europeo de envases lo extiende a todos los envases de plástico a partir de 2030. Esta guía resume qué exige cada norma, qué categoría corresponde a cada cifra, cuándo se aplica de verdad y qué plástico reciclado cuenta para cumplirla.
Qué es el contenido reciclado obligatorio
Es una obligación que recae sobre quien fabrica o pone en el mercado el envase: una parte del plástico que lo compone debe proceder de reciclado. El reglamento europeo exige además que ese reciclado proceda de residuo post-consumo, es decir, de envases y productos usados, y lo mide como media por planta de fabricación y año.
Para quien recicla, la obligación se traduce en demanda de material. Un envasador que necesita un 30 % de reciclado en sus botellas necesita escama o granza que cumpla su especificación, en cantidad y con trazabilidad.
El PPWR: Reglamento (UE) 2025/40 y sus fechas
El Reglamento (UE) 2025/40, conocido como PPWR por sus siglas en inglés, es la norma europea de envases y residuos de envases. Sus fechas clave:
- 22 de enero de 2025: publicación en el Diario Oficial de la UE.
- 11 de febrero de 2025: entrada en vigor.
- 12 de agosto de 2026: fecha general de aplicación (artículo 71).
- 31 de diciembre de 2026: plazo para que la Comisión adopte el acto que fija la metodología de cálculo y verificación del contenido reciclado (artículo 7.8).
- 2030 y 2040: escalones de los objetivos de contenido reciclado (artículo 7).
A septiembre de 2026 hay en tramitación una propuesta ómnibus de la Comisión, de diciembre de 2025, que toca aspectos como el representante autorizado. No está adoptada.
Objetivos de contenido reciclado en envases de plástico para 2030 y 2040
El artículo 7 del PPWR distingue cuatro categorías de envase de plástico. Los envases «sensibles al contacto» son una categoría del reglamento que incluye, entre otros, los envases de alimentos:
| Categoría de envase de plástico | 2030 | 2040 |
|---|---|---|
| Envases sensibles al contacto cuyo componente principal es PET | 30 % | 50 % |
| Envases sensibles al contacto de plásticos distintos del PET (salvo botellas de bebidas de un solo uso) | 10 % | 25 % |
| Botellas de plástico de un solo uso para bebidas | 30 % | 65 % |
| Resto de envases de plástico | 35 % | 65 % |
Entre las dos primeras filas hay una diferencia de partida: para el PET existe una tecnología de reciclado mecánico reconocida para contacto con alimentos en el Reglamento (UE) 2022/1616, y su objetivo triplica el del resto de plásticos sensibles al contacto en 2030.
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Solicitar propuestaCuándo se aplican los objetivos: el acto de cálculo
Los objetivos de 2030 no dependen solo del calendario. El reglamento los aplica desde el 1 de enero de 2030 o tres años después de la entrada en vigor del acto de ejecución del artículo 7.8, si esa fecha es posterior. Ese acto debe fijar cómo se calcula y se verifica el contenido reciclado y tiene que adoptarse antes del 31 de diciembre de 2026.
Si el acto llega tarde, los objetivos de 2030 se retrasan. A septiembre de 2026 conviene seguir su tramitación antes de dar por fija la fecha de 2030 en un plan de negocio.
Contenido reciclado en botellas: Ley 7/2022 y Directiva 2019/904
Las botellas tienen una obligación anterior al PPWR. La Directiva (UE) 2019/904, de plásticos de un solo uso, fijó en su artículo 6.5 dos escalones, y la Ley 7/2022 los incorporó en su artículo 57:
- Desde el 1 de enero de 2025: las botellas de PET deben contener al menos un 25 % de plástico reciclado.
- Desde el 1 de enero de 2030: todas las botellas de plástico deben contener al menos un 30 %.
El PPWR suprime esos dos escalones de la directiva desde 2030, o tres años después del acto de cálculo si es posterior (artículo 67), porque a partir de ahí rige su propio objetivo para botellas. Para el PET de botella, el camino de la bala a la escama está en la línea de reciclaje de PET.
Qué plástico reciclado cuenta: Decisión de Ejecución (UE) 2026/1425
La Decisión de Ejecución (UE) 2026/1425, publicada el 3 de julio de 2026 y en vigor desde el 23 de julio, regula cómo se calcula, verifica y comunica el contenido reciclado de las botellas de un solo uso. Deroga la Decisión 2023/2683 y trae tres novedades:
- Para el objetivo de botellas solo cuenta el plástico post-consumo reciclado en la UE.
- El reciclado en países de la OCDE y otros terceros países podrá contar a partir del 21 de noviembre de 2027, y con condiciones.
- Introduce el balance de masas para atribuir el contenido reciclado procedente de reciclado químico.
Para un reciclador europeo, el primer punto es relevante: el envasador que necesita cumplir el objetivo de botellas no puede contar, hasta finales de 2027, con escama reciclada fuera de la UE. Qué es el rPET y qué calidad pide cada destino está en qué es el rPET.
El Real Decreto de envases y otras obligaciones del PPWR
En España, el Real Decreto 1055/2022 de envases dice en su artículo 11.3 que los productores «tratarán de» alcanzar un 25 % de PET reciclado en envases de PET y un 20 % en otros envases de plástico en 2025, y un 30 % en 2030. Es un lenguaje orientativo, sin la fuerza de la obligación de las botellas. El Ministerio abrió en 2025 una consulta previa para un nuevo real decreto que adapte la norma al PPWR; su aprobación no consta a septiembre de 2026.
El PPWR trae otras obligaciones que afectan al flujo de residuo:
- Reciclabilidad (artículo 6): desde 2030 solo podrán ponerse en el mercado envases de grados de reciclabilidad A, B o C; desde 2035 deberán reciclarse a escala, y desde 2038 solo se admitirán los grados A y B.
- Sistemas de depósito (artículo 50): obligatorios en 2029 con un objetivo de recogida del 90 %, salvo que el Estado alcance al menos un 80 % en 2026.
- Reciclado de envases de plástico (artículo 52): objetivos del 50 % en 2025 y del 55 % en 2030, los mismos que fija el Real Decreto 1055/2022.
El impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, de 0,45 € por kilo de plástico no reciclado, completa el cuadro en España. Lo explicamos en impuesto al plástico y plástico reciclado.
Qué supone el contenido reciclado obligatorio para quien recicla
La obligación empuja la demanda de reciclado de calidad y post-consumo, con tres matices que conviene tener en cuenta al plantear una línea:
- Contacto con alimentos. Para las categorías sensibles al contacto, el Reglamento (UE) 2022/1616 considera el lavado un pretratamiento y exige después una descontaminación con un proceso autorizado. La línea de lavado produce la materia prima de ese proceso.
- Calendario abierto. Los objetivos de 2030 dependen del acto de cálculo, que a septiembre de 2026 aún debía adoptarse.
- Materia prima. La demanda de reciclado solo se convierte en escama si hay residuo de calidad que lavar. Asegurar el flujo de entrada es parte del proyecto.
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